* Reforma outsourcing
* ¿Desaparece por completo?
* ¿Qué debo hacer?
¡Por fin viernes! El día de hoy les traemos un tema muy especial para cerrar la semana. Como ya pudieron leer, hablaremos sobre la reforma del outsourcing, el tema del momento. Si aún no sabes de qué hablamos, no te preocupes, GMSS te pone en contexto.
Casi todos conocemos los famosos outsourcing, ya sea que hayamos trabajado bajo un esquema de subcontratación, hayamos tenido algún compañero que los odiaba, o bien, hayamos visto memes respecto al tema, más o menos tenemos una idea, pero para tenerlo más claro, lo definiremos.
Un outsourcing de servicios es aquel que funciona como intermediario entre el patrón, o contratista, y el colaborador, es decir, un colaborador tiene una relación laboral con una organización, pero sus servicios benefician a otra empresa.
En la mayoría de los casos, se utilizaba este esquema de subcontratación para evadir obligaciones y responsabilidades con los trabajadores, y dicha práctica, propiciaba abusos laborales y evasión de leyes fiscales.
El pasado 12 de noviembre de 2020, el Presidente Andrés Manuel López Obrador, anunció que se comenzaría con la regulación de la subcontratación, también llamado outsourcing, debido a que se utilizaban para evadir impuestos y negar derechos laborales a sus trabajadores. Así, dio marcha la reforma del outsourcing, donde se estipula que queda prohibida la transferencia de personal para el beneficio de otra organización.
El 24 de abril entró en vigor y se concederían 90 días para obtener el registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, de esta forma, las empresas tendrían hasta el 1 de agosto para solicitar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) la asignación de sus registros patronales para inscribir a sus trabajadores. Pero las Comisiones del Trabajo y Hacienda en San Lázaro aprobaron ampliar la prórroga al 1 de Septiembre a empresas para regularizarse en el nuevo marco legal del outsourcing en México.
Asimismo, se regula la prestación de servicios especializados, dicha práctica se realizará a través de un padrón público y totalmente transparente, el cual estará a cargo de la secretaría del trabajo y previsión social.
En resumen, la subcontratación de personal queda totalmente prohibida, pero la subcontratación de servicios especializados no.
Pero, ¿cuáles son los servicios especializados?
Los servicios especializados son aquellos que no forman parte de la actividad económica de la entidad , es decir ,si una empresa se dedica a la venta de autos puede subcontratar servicios especializados por ejemplo; servicios de limpieza, vigilancia, contabilidad, jurídicos y tecnología.
Y de acuerdo, al numeral 13 de la LFT, se permite la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de estos, y que el contratista esté registrado ante la STPS.
Ahora bien, para que una empresa pueda adquirir servicios especializados, deben comprobar ante la ley que tiene todo en orden en materia fiscal y que en su plantilla de trabajadores se respetan todos los derechos laborales. Si no cuentan con su registro ante el Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas, no podrán deducir dichos servicios.
Y como empresa, ¿qué debo hacer?
Recordemos que la prórroga vence el día 1 de septiembre
En primer lugar, los trabajadores deben de ser dados de baja en el registro patronal del prestador de servicios (Outsourcing) a través de la página del IDSE y en su base de datos del Sistema Único de Autodeterminación (SUA). Al igual que deben darse de alta en el registro patronal del empleador a través de la página del IDSE, en el apartado de movimientos afiliatorios. Y finalmente, debes ingresar la información en el sistema SUA propio.
Si los trabajadores de tu empresa eran gestionados por una agencia de outsourcing debes realizar ante el IMSS, la migración de los trabajadores del registro del prestador de servicios a un registro patronal propio. Pero no te preocupes, si te quedaron dudas, ¡contáctanos! Nosotros te apoyamos en la gestión de tu nómina. ¡Hasta la próxima!
Decreto Reforma Outsourcing | DOF – Diario Oficial de la Federación
Diputados aprueban en comisiones prórroga de un mes a reforma de outsourcing | Forbes México
No habrá otra prórroga para la entrada en vigor de la reforma en materia de outsourcing: María Luisa Alcalde | El Economista
Outsourcing: ¿qué es, cómo funciona y qué se busca regular en México? | El Heraldo de México