¡Hola! El día de hoy les traemos un blog más para guiarlos en el camino de las declaraciones anuales y obtengan un saldo a favor.
Las deducciones personales, como ya lo hemos visto en post anteriores, son los gastos que las personas físicas tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables.
Sin embargo, si el pago se realiza en efectivo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no podrá validar adecuadamente como deducible.
Para que las deducciones personales sean válidas, los contribuyentes deben pagar a través de:
1. Transferencia electrónica
2. Cheque nominativo
3. Tarjeta de crédito
4. Tarjeta de débito o de servicios
Además, es importante solicitar la factura o Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) con el concepto correcto.
Salud: Gastos médicos, dentales, nutrición y psicología, todos ellos ejercidos por personal con título legalmente establecido. Además de medicinas, análisis, estudios, gastos en óptica, prótesis o primas en seguro de gastos médicos.
Educación: Colegiaturas, excepto los gastos de inscripción, y el transporte escolar, solo si es obligatorio. Los montos permitidos, con límite de deducción anual son:
•Preescolar: 14 mil 200 pesos
•Primaria: 12 mil 900 pesos
•Preescolar: 14 mil 200 pesos
•Secundaria: 19 mil 900 pesos
•Profesional técnico: 17 mil 100 pesos
•Bachillerato o su equivalente: 24 mil 500 pesos
Funerarios: Son válidos los pagos realizados para ti, tu cónyuge o concubino (a), padres, abuelos, hijos y nietos, Estas personas no deben percibir ingresos que excedan el valor de la UMA anual equivalente a 32 mil 693.40 pesos.
Otros: Créditos hipotecarios, donativos a instituciones, aportaciones complementarias de retiro, impuestos locales.
De acuerdo con el SAT, el monto total de las deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones) no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o del 15% total de tus ingresos.
Recordemos que, las personas físicas tienen hasta el 30 de abril para presentar su declaración anual ante el fisco. Por lo que serán indispensables los siguientes documentos:
•e.firma
•RFC
•Cuenta con CLABE Interbancaria
•Comprobantes de pagos y retenciones de: ISR, Impuesto sobre el Valor Agregado, IVA, e Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, IEPS
•Constancia por intereses percibidos en el año
•Constancia de inversiones realizadas en el año
•CFDI, de nómina por los salarios recibidos en el año
No hay mejor forma de evitar problemas posteriores que presentar la declaración en tiempo y forma. Por lo que para evitar complicaciones al momento de realizarla:
•Ten organizado tus facturas antes de que termine el año.
•Si olvidaste pedir alguna factura, recuerda que tienes 30 días para solicitarla después de la compra.
•Busca los gastos que son deducibles (recuerda que están sujetos a deducción cuando se pagan por transferencia o tarjeta de crédito o débito).
•Cuando estés por presentar la declaración, ten a la mano la constancia de percepciones y retenciones, los recibos de honorarios y las facturas electrónicas de tus actividades.
•Declara siempre todos tus ingresos.
•Si no tienes mucha experiencia, solicita el apoyo de un contador.
Si todo esto te resulta aún complicado, en GMSS podemos presentar tu declaración anual por ti. ¡Envíanos un mensaje!
Conoce las deducciones personales I SAT
Deducciones personales I Asociación Mexicana de Contadores Públicos